Asambleas Anuales de Aprobación de Resultados

«El mundo exige resultados. 

No le cuentes a otros tus dolores del parto. 

Muéstrales al niño.»

-Indira Gandhi. 

 

Quiero volver al tema. En la colaboración anterior platicamos acerca de la Aprobación de Estados Financieros Anuales y aspectos en materia de Inversión Extranjera, recordando la obligación de toda sociedad de aprobar los Estados Financieros correspondientes al ejercicio social del año inmediato anterior dentro de los primeros 4 meses de cada año.

Y es que, después de mandar la colaboración a mis amigos de Players, me quede con la incomodidad de haber tratado a la Asamblea Anual Ordinaria de manera, así. Muy Ordinaria. Será que les falta el glamour de una Asamblea Extraordinaria de Fusión, Escisión, Reforma Total de Estatutos, Aumentos de Capital, no sé. Algo que justifique honorarios. 

Pero vamos. ¿No es cierto que el fin último de toda empresa es generar riqueza?. ¿Y no es cierto también, que al ojo del amo engorda el caballo?. ¿Y no es cierto que el Santos es el primer lugar de la Libertadores?. Esto último sin relevancia legal, pero no quise dejar de recordárselo al River.  

Puestos entonces en donde estamos, la Asamblea Ordinaria Anual es una oportunidad inmejorable de analizar la situación financiera de tu empresa, de supervisar el cuidado y los resultados del Órgano de Administración y los Directores, en su caso, de evaluar las políticas y plan estratégico de tu empresa y de exigir la transparencia de la Administración. 

¿Quién es el Comisario de tu Sociedad? (Tema de nuestra siguiente entrega). ¿Estás de acuerdo con los números que te presentan?.  ¿Cómo puedes aprobar o desaprobar el rumbo que lleva tu empresa?. Dependiendo tu porcentaje accionario puedes poner Consejeros para que te representen. ¿Qué mejor momento que en la Asamblea Anual?. 

Acuérdense: Al ojo del amo, engorda el caballo. Y camarón que se duerme, le aprueban resultados. 

Estoy a tus órdenes. Platicamos en twitter @ToddAbogadosyNP, por correo todd@ftr.mx o visítanos en www.ftr.mx.