PATRIMONIOS Y FAMILIAS

Desde que Georgina, su hija mayor se iba a casar, el Ing. Sebastián Silva* se mostraba más preocupado. – No desconfío de Rafael, compadre, es un buen muchacho, pero ya sabes. Georgina tiene el 40 por ciento del capital accionario de la empresa. – Se desahogo el Ing. Silva esa tarde de sábado en el Campestre. ¿Porqué no reestructuran el capital?. –Sugirió Sergio, su compadre y mejor amigo de toda la vida. ¡No como crees! ¿Que va a decir mi yerno?… No podemos partir de la desconfianza, será el esposo de mi hija.  

SSIL Proyectos, S.A de C.V. se había fundado en 1970. Fue constituida con cinco accionistas por los requerimientos legales de ese entonces, pero a la fecha, después de varios movimientos corporativos, el capital se integraba únicamente por Sebastián Silva Rendón con 20 por ciento y sus hijos, Sebastián Junior y Georgina con el 40 cada uno. A la fecha las decisiones del Padre eran consensuadas solo con Sebastián Junior, quien conocía el negocio y se había preparado para atenderlo. Georgina estudió Literatura Británica, y firmaba las Asambleas, contratos y cualquier documento sin cuestionarlos. ¿Será igual cuando se case con Rafael, Ingeniero Civil con experiencia en un ramo similar?. ¿Pedirá el yerno representar a su esposa en las Asambleas?. ¿Puede solicitar un asiento en el Consejo, o requerir dividendos?. ¿Conoce la política de reinversión de los dividendos que ha manejado la familia desde la fundación de la empresa?. 

Las noches de Sebastián eran cada vez más largas.

Sebastián, pues yo te sugiero que te asesores. Creo que tu empresa debe empezar a tomar enserio las cuestiones legales, no son simples trámites burocráticos. ¿Has pensado en transformar tu sociedad en una SAPI?.  – ¿En una qué Compadre? –Refunfuño Sebastián, sin dar crédito a lo que escuchaba. – ¡Si no voy a salir a Bolsa!.

Compadre, andas mal. Una SAPI (Sociedad Anónima Promotora de Inversión) es una Sociedad con características más flexibles que la SA en cuanto a votos y decisiones. Podrías por ejemplo, mantener el mismo porcentaje de acciones a tus hijos, pero restringiendo el voto, o limitando ciertos derechos corporativos a determinadas clases, o más aún, mantener el derecho de veto sobre ciertos acuerdos corporativos. Pero no puedes llegar a esta decisión sin haber concluido tu Código de Familia Empresaria.

¿Mi Código de qué? –Contestó Sebastián, abrumado ante tanta información que en ese momento no podía digerir.

Continuará…